Campo de Calatrava

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Nuestra Asociación está formada por agentes sociales del territorio: entidades públicas y privadas que colaboran en el desarrollo de la comarca.

Y queremos contar también contigo.

Dos personas mirando un portátil

Para formar parte de la Asociación descargue el formulario de solicitud en el siguiente documento y entréguelo de forma presencial en nuestras oficinas o envíelo por correo postal certificado a la dirección de la Asociación. Para consultar la ubicación y horarios de las oficinas haga clic aquí.

Artículo 6.- (De los Estatutos de la Asociación para el desarrollo del Campo de Calatrava)

Podrá ser socio de la Asociación cualquier entidad con personalidad jurídica de derecho público o privado, con representación o ubicada en el territorio descrito en el artículo 4 de los presentes estatutos que así lo solicite, mediante escrito dirigido al Presidente, manifestando su voluntad expresa de adherirse a la misma y de cumplir sus estatutos.

Por tratarse de personas jurídicas, la solicitud de ingreso deberá ser suscrita por representante legal, designando a las personas físicas, titular y suplente, que representarán a la entidad en los órganos de la Asociación.

En el caso de socios efectivos, las personas físicas que representen a la entidad deberán ser naturales o estar domiciliadas en algún municipio del ámbito territorial de la Asociación.

El Presidente trasladará la solicitud a la Junta Directiva que deberá resolver en la siguiente reunión que celebre.

A efectos de representación en los órganos colegiados de la Asociación y de la aplicación de derechos y deberes, la Junta Directiva, en el momento de la resolución, clasificará a los socios en las siguientes categorías:

A.- SOCIOS EFECTIVOS (Públicos y Privados)
  • En caso de no admisión de la solicitud, la Junta Directiva motivará su decisión pudiendo el solicitante recurrir tanto la exclusión como la clasificación ante la Asamblea General de la Asociación.
  • No se adquirirá la condición de socio efectivo mientras no se satisfaga la cuota de entrada que establezca la Junta Directiva.
B.- SOCIOS HONORARIOS
  • Se considerarán socios honorarios aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas que, en un marco de colaboración con la Asociación para el Desarrollo del Campo de Calatrava, actúan en el territorio y que a juicio de la Junta Directiva contribuyen o pueden contribuir a la consecución de sus fines.
  • Los socios honorarios estarán exentos de abonar las cuotas sociales fijadas por la Asamblea para los socios efectivos y podrán participar en las reuniones de la Asamblea y de la Junta Directiva con voz pero sin voto, quedando regulada su actividad en el Reglamento de Régimen Interior de la Asociación.

ATENCIÓN La sede electrónica de la Asociación para el desarrollo del Campo de Calatrava no está habilitada para la recepción de respuestas a las reclamaciones gestionadas por las Oficinas municipales de información al consumidor dependientes de la Mancomunidad de municipios del Campo de Calatrava. La Asociación para el desarrollo del Campo de Calatrava no tiene competencias en consumo, por tanto no tramita ese tipo de solicitudes.

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