El Grupo de Acción Local CAMPO DE CALATRAVA, en respuesta a las urgentes necesidades detectadas entre las diferentes empresas y autónomos de la comarca, concederá ayudas para sufragar las inversiones necesarias que tengan que acometer autónomos y PYMES para adaptar sus alojamientos a la nueva normativa de protección frente al COVID 19.
Igualmente, concederá ayudas a aquellos autónomos y PYMES, que decidan desarrollar su actividad habitual a través de fórmulas de teletrabajo, total o parcialmente.
Aquellos interesados que tengan que realizar de forma urgente las inversiones pueden presentar ya su solicitud de ayuda a Campo de Calatrava, ANTES de realizar su inversión y de efectuar ningún pago. De manera excepcional a través de la presentación de solicitud de ayuda y una memoria descriptiva de la inversión a realizar. De esta forma se podrá realizar el acta de no inicio por parte de los servicios técnicos de la Asociación, trámite necesario e imprescindible para poder optar a las ayudas LEADER.
Las solicitudes deberán ser ratificadas una vez se publique la convocatoria.
Línea 1: Ayudas a la adquisición de elementos de protección sanitaria en alojamientos turísticos de cualquier tipo (Máximo elegible 3.000,00 €.)
- Beneficiarios: Autónomos y PYMES titulares de alojamientos turísticos que cumplan los requisitos generales de la convocatoria.
- Adquisiciones elegibles: Elementos de protección sanitaria que quedan limitados a expendedores / dispensadores de hidrogeles en sus diferentes formatos, instalación de mamparas protectoras, vinilos de señalización de distancias de seguridad e itinerarios de distancia social y máquinas de desinfección. No será elegible el IVA.
- Intensidad de la ayuda: Hasta el 45% de la inversión elegible.
Línea 2: Inversiones exclusivamente destinadas a la adquisición de elementos y activos para la implantación y fomento de teletrabajo.
- Beneficiarios: Autónomos y PYMES que cumplan los requisitos generales de la convocatoria.
- Adquisiciones elegibles: Elementos y activos para la implantación y fomento de teletrabajo que quedan limitados a Equipos para el proceso de la información y sus elementos accesorios, Equipos de telecomunicación, Tablets, Equipos audiovisuales, adquisición y desarrollo de software y licencias. Se excluye explícitamente Obra civil, Mobiliario e Instalaciones técnicas. No será elegible el IVA.
- Intensidad de la ayuda: Hasta el 45% de la inversión elegible.
Forma de presentación de la solicitud: por correo electrónico en la siguiente dirección tecnico@campodecalatrava.com
Para cualquier duda llame al teléfono 665 949 792 en horario de 08:00 a 15:00